Declaración de renta AG 2025 novedades que las personas naturales deben tener en cuenta.

Los vencimientos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales correspondientes al año gravable 2025 iniciarán el 12 de agosto de 2026 y se extenderán hasta el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con los dos últimos dígitos del documento de identificación del contribuyente.

Para esta vigencia, además de verificar si se cumplen los topes para declarar, es importante conocer algunos cambios normativos y beneficios tributarios que pueden impactar el impuesto a cargo. A continuación, presentamos las principales novedades que deben tener en cuenta los contribuyentes.

Descuento tributario del 37 % por donación de alimentos

La Ley 2380 de 2024 modificó el artículo 257 del Estatuto Tributario e incorporó un beneficio para quienes realicen donaciones de alimentos aptos para el consumo humano o elementos de higiene y aseo a bancos de alimentos pertenecientes al Régimen Tributario Especial. El beneficio consiste en un descuento tributario equivalente al 37 % del valor donado, el cual disminuye directamente el impuesto de renta a pagar.

Entre los aspectos más relevantes se destacan:

  • El beneficio incluye los costos de transporte necesarios para entregar los bienes donados.
  • Los valores deben estar debidamente certificados por la entidad beneficiaria.
  • Si el descuento no puede utilizarse completamente en el año de la donación, podrá aplicarse durante las cuatro vigencias fiscales siguientes.
 

Familia de crianza como dependiente

La Ley 2388 de 2024 otorgó reconocimiento legal a la familia de crianza y permitió que hijos, padres y demás integrantes reconocidos formalmente bajo esta figura puedan ser tratados como dependientes para efectos tributarios. Esto significa que podrán ser tenidos en cuenta para las deducciones contempladas en el artículo 387 del Estatuto Tributario, siempre que exista una formalización del vínculo mediante:

  • Declaración judicial ante juez de familia.
  • Escritura pública ante notaría.

Una vez acreditado el parentesco de crianza, se aplicarán las mismas reglas previstas para los dependientes biológicos o adoptivos.

Límite de edad para hijos estudiantes

Se mantiene la posibilidad de considerar como dependientes a los hijos que cursen estudios superiores en instituciones formalmente reconocidas. Sin embargo, es importante recordar que este beneficio solo aplica hasta los 25 años de edad, siempre que el contribuyente asuma económicamente los costos de educación y sostenimiento del estudiante.

Nuevo listado de jurisdicciones de baja o nula imposición

Mediante el Decreto 1496 de 2024, el Gobierno actualizó el listado de jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición y de regímenes tributarios preferenciales, anteriormente conocidas como paraísos fiscales. Esta actualización puede tener efectos importantes para los contribuyentes que posean inversiones, cuentas bancarias, activos o realicen operaciones con entidades ubicadas en dichas jurisdicciones, dado que existen obligaciones especiales de reporte y reglas tributarias particulares para estas operaciones.

Impacto de las nuevas retenciones en la fuente

Otro aspecto relevante para el año gravable 2025 corresponde a los cambios introducidos por el Decreto 572 de 2025, que incrementó diversas tarifas y bases de retención en la fuente. Aunque las retenciones no representan un mayor impuesto por sí mismas, sí pueden generar un mayor valor de anticipos durante el año, afectando el saldo a favor o el valor final a pagar en la declaración de renta. Por esta razón, es recomendable revisar cuidadosamente los certificados de retención recibidos durante 2025 y verificar que los valores hayan sido correctamente registrados.

Deducción por sostenimiento de aprendices

Las empresas y contribuyentes obligados a vincular aprendices pueden acceder a un importante beneficio tributario permitiendo deducir hasta el 130 % de los pagos realizados por concepto de apoyo de sostenimiento a aprendices vinculados mediante contratos de aprendizaje, siempre que se cumplan los requisitos legales y de reporte establecidos por la autoridad tributaria. Este beneficio busca incentivar la formación y vinculación de nuevos talentos en el mercado laboral.

Normalización tributaria

Durante 2026 también cobra relevancia el proceso de normalización tributaria para contribuyentes con activos omitidos o pasivos inexistentes.

Quienes decidan acogerse a este mecanismo podrán obtener beneficios como:

  • Incorporar activos omitidos dentro de su patrimonio de manera legal.
  • Evitar que dichos activos sean tratados como incrementos patrimoniales injustificados.
  • Reducir riesgos de sanciones tributarias relacionadas con omisiones patrimoniales.
 

Si tienes activos omitidos al 1º de enero de 2026, debes declarar y pagar la normalización antes del 31 de julio de 2026, y luego en tu renta AG 2025 (agosto-octubre 2026) esos activos ya estarán regularizados y no se considerarán renta gravable.

Recomendaciones para preparar la declaración

Antes de iniciar la elaboración de la declaración de renta, se recomienda:

✔️ Verificar los certificados de ingresos y retenciones.

✔️ Revisar la información reportada por terceros ante la DIAN.

✔️ Validar dependientes, deducciones y descuentos tributarios aplicables.

✔️ Revisar inversiones y activos poseídos en el exterior.

✔️ Analizar la conveniencia de acogerse a beneficios tributarios vigentes.

La declaración de renta del año gravable 2025 incorpora novedades importantes que pueden representar oportunidades de ahorro tributario para los contribuyentes que conozcan y apliquen correctamente los beneficios establecidos por la ley. Una adecuada planeación, el análisis previo de la información fiscal y la revisión de los cambios normativos permitirán presentar una declaración más precisa y aprovechar los beneficios tributarios disponibles dentro del marco legal vigente.

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