El Ministerio de Hacienda anunció el aplazamiento del calendario para...
Leer más...
Emergencia económica en Colombia 2026: medidas fiscales y tributarias
Mediante el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, el Gobierno Nacional declaró el estado de emergencia económica y social, con base en lo previsto en el artículo 215 de la Constitución Política. Esta medida tuvo como objetivo atender una situación fiscal excepcional y, de esta manera, asegurar los recursos necesarios para financiar el Presupuesto General de la Nación de 2026.
¿Por qué se declaró la emergencia económica?
De acuerdo con los considerandos del decreto, la medida se adoptó ante la insuficiencia de ingresos fiscales para cubrir las obligaciones del Estado. Además, existía el riesgo de afectar el cumplimiento de funciones esenciales y la necesidad de tomar decisiones inmediatas para corregir desequilibrios financieros.
Por esta razón, el Gobierno Nacional concluyó que las herramientas habituales resultaban insuficientes para enfrentar la situación en el corto plazo. Así, la declaratoria permitió adoptar medidas extraordinarias para fortalecer las finanzas públicas.
Medidas fiscales y tributarias para 2026
La declaratoria de emergencia autorizó al presidente de la República a expedir decretos con fuerza de ley durante un tiempo limitado, con el propósito de implementar ajustes urgentes al marco fiscal y tributario.
En desarrollo de esta facultad excepcional, se expidió el Decreto 1474 de 2025, que establece un conjunto de medidas fiscales extraordinarias aplicables durante el año gravable 2026. Estas disposiciones buscan fortalecer el recaudo y contribuir a la estabilidad de las finanzas públicas.
Entre las principales medidas se encuentran las siguientes:
1. Cambios en el impuesto al patrimonio
Se establece un aumento de la base gravable del impuesto al patrimonio, acompañado de tarifas marginales progresivas que pueden llegar hasta el 5 %.
2. Aumento del impuesto de renta para entidades financieras
Asimismo, se incrementa en 15 puntos porcentuales (p.p.) la tarifa del impuesto de renta aplicable a las entidades financieras.
Con esta medida se busca equiparar su contribución tributaria frente a otros sectores estratégicos de la economía, considerando que sus tasas efectivas de tributación pueden ser inferiores a las de actividades como la agricultura o la industria manufacturera.
3. Modificación del IVA para importaciones de bajo valor
Por otra parte, se reduce de USD 200 a USD 50 el umbral de exclusión del IVA para las importaciones de bajo valor realizadas bajo la modalidad de tráfico postal, conocida como principio legal de de minimis.
De esta manera, se busca generar condiciones más equilibradas entre los productos importados y los bienes comercializados por productores nacionales que deben incluir IVA en sus operaciones.
4. Aumento del IVA para bebidas alcohólicas
Además, se incrementa del 5 % al 19 % la tarifa del IVA aplicable a bebidas de alto contenido alcohólico, entre ellas aguardiente, ron, whisky y vodka.
Con esta modificación se busca igualar la tarifa aplicable a estas bebidas con la correspondiente a otros productos del sector.
5. Cambios en el impuesto al consumo de bebidas alcohólicas
Asimismo, se fortalece el impuesto al consumo aplicable a las bebidas de alto contenido alcohólico, mientras que la carga tributaria de la cerveza no presenta modificaciones.
De acuerdo con los casos indicativos, este impuesto podría representar incrementos en los precios de aproximadamente 8,7 % durante la vigencia del decreto.
Además, se señala que las bebidas de alto contenido alcohólico en Colombia registraron en 2024 un precio 21,2 % inferior al promedio mundial, según datos citados de la OMS (2025). Sin embargo, de acuerdo con la opinión técnica del Ministerio de Salud y Protección Social, las reducciones significativas en el consumo de licores suelen presentarse cuando existen aumentos de precio cercanos al 30 %.
6. Fortalecimiento del impuesto al consumo de tabaco
De igual manera, se fortalece el impuesto al consumo de tabaco y sus sustitutos.
Esta medida adquiere relevancia debido a que, pese a los efectos nocivos asociados al consumo de estos productos, los precios de los cigarrillos en Colombia se encontraban en 2022 aproximadamente 31 % por debajo del promedio internacional, según los datos citados de la OMS (2025).
7. IVA y facturación electrónica para apuestas en línea
Por otra parte, las casas de apuestas que operan juegos por internet continuarán pagando IVA, al igual que otros negocios, y estarán obligadas a expedir facturación electrónica.
De esta manera, se busca igualar las condiciones tributarias entre las apuestas realizadas por internet y las apuestas físicas, debido a que estas últimas ya están sujetas al IVA.
8. Impuesto a la extracción de petróleo y carbón
Asimismo, el impuesto del 1 % a la extracción de petróleo y carbón, establecido mediante el Decreto 175 de 2025, continuará después del 31 de diciembre de 2025.
Este tributo se cobra en la primera venta o exportación y, según lo establecido, no afecta a los pequeños productores mineros.
9. Alivios para deudas con la DIAN
Finalmente, se incluye un régimen transitorio de alivio para personas naturales y empresas que tienen deudas con la DIAN.
La medida contempla reducciones en sanciones e intereses moratorios derivados de determinados incumplimientos. Además, establece un impuesto de normalización con una tarifa del 19 % para contribuyentes que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes, de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa.
¿Cómo impactan estas medidas a los contribuyentes?
En conjunto, las medidas adoptadas mediante la emergencia económica pueden generar cambios importantes para personas naturales, empresas y diferentes sectores de la economía.
Por ello, es fundamental revisar cómo las nuevas disposiciones pueden afectar obligaciones como el impuesto de renta, IVA, impuesto al patrimonio, impuestos al consumo y obligaciones relacionadas con la facturación electrónica.
Asimismo, las empresas deben mantenerse atentas a las reglamentaciones y precisiones que puedan emitir las autoridades tributarias para facilitar la aplicación de estas medidas.
Conclusión
La declaratoria de Emergencia Económica y Social, formalizada mediante el Decreto 1390 de 2025 y desarrollada a través del Decreto 1474 de 2025, responde a la necesidad del Gobierno Nacional de adoptar medidas extraordinarias para fortalecer las finanzas públicas y garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Estado durante 2026.
En este contexto, la DIAN ha venido realizando precisiones relacionadas con la aplicación de las disposiciones tributarias. Por lo tanto, tanto las personas naturales como las empresas deben mantenerse informadas y revisar oportunamente el impacto de estas medidas sobre sus obligaciones fiscales.
Finalmente, contar con información actualizada y realizar una adecuada planeación tributaria permite anticipar cambios, reducir riesgos y favorecer el cumplimiento de las obligaciones tributarias en Colombia.