La DIAN precisó que los términos para responder o recurrir...
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Información exógena AG 2025 estos son los principales cambios que deberán tener en cuenta los contribuyentes
La DIAN introdujo importantes ajustes en los formatos de información exógena correspondientes al año gravable 2025, mediante las Resoluciones 223 y 233 de 2025. En consecuencia, estos cambios buscan optimizar la calidad de los datos tributarios, evitar duplicidades innecesarias y fortalecer la trazabilidad de las operaciones económicas en el país.
Novedades y conceptos en el Formato 1001
Dentro del Formato 1001 se crearon nuevos conceptos para operaciones patrimoniales específicas:
5089: Valor compra de acciones de sociedades que no cotizan en bolsa.
5090: Valor donación de acciones de sociedades que no cotizan en bolsa.
5091: Valor cesión de acciones de sociedades que no cotizan en bolsa.
Asimismo, se incorpora el concepto 5101 para reportar el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF). Al respecto, la DIAN aclaró que este rubro no debe incluirse en el concepto 5015, el cual fue asignado por la Resolución 237 de 2025 exclusivamente para Fondos de Pensiones Obligatorias.
Por otra parte, se adicionó el concepto 5102 para relacionar pagos por apoyos económicos no reembolsables o condonados con recursos públicos (artículo 46 del Estatuto Tributario). Sin embargo, este concepto aplica de forma exclusiva a entidades como el ICETEX o MinCiencias, y la información complementaria deberá reflejarse en el Formato 5247.
Ajustes en el Formato 1005: Eliminación de IVA mayor valor
Uno de los cambios más relevantes corresponde al Formato 1005 sobre impuestos descontables. En la vigencia anterior, se habilitó una columna para reportar el IVA tratado como mayor valor del costo o gasto (artículo 490 del Estatuto Tributario).
No obstante, la Resolución 233 de 2025 evidenció que esta casilla generó duplicidad e inconsistencias en las validaciones. Por esta razón, la DIAN resolvió eliminar dicho campo dentro del Formato 1005. De este modo, se garantiza mayor precisión y unicidad en los reportes fiscales.
Reporte de cuantías menores en el Formato 1006
En cuanto al Formato 1006 sobre IVA generado, la administración tributaria incorporó una novedad clave. A partir de ahora, se autoriza el uso del concepto de cuantía menor cuando resulte imposible individualizar al tercero comprador.
Por consiguiente, esta opción operará de forma idéntica a la aplicada en el Formato 1007, siempre que la factura se haya emitido a consumidor final y no existan mecanismos para identificar al adquiriente.
Nuevos conceptos y precisiones en el Formato 1007
De igual manera, el Formato 1007 incluye conceptos específicos para ingresos por venta de participaciones:
4020: Ingresos brutos por venta de acciones o aportes en sociedades no cotizadas que constituyen renta ordinaria.
4021: Ingresos brutos por venta de acciones o aportes en sociedades no cotizadas que constituyen ganancia ocasional.
Adicionalmente, estos conceptos comprenden títulos adquiridos mediante cesión o donación. Por otro lado, la entidad precisó que los recaudos por cuotas de administración, intereses de mora y sanciones internas en copropiedades no constituyen ingreso fiscal para efectos de este reporte.
Requisitos en contratos de colaboración (Formatos 5247 al 5252)
Respecto a los formatos 5247 al 5252, se actualizaron las directrices para contratos de colaboración empresarial y entes sin personería jurídica. En efecto, cuando un mismo informante reporte múltiples contratos, deberá estructurar la información de manera individual y separada.
Para cumplir con este control, el prevalidador incorpora dos campos obligatorios:
Número de Contrato.
Número de Identificación de Entidades sin Personería Jurídica (NIESPJ).
Otros formatos y recomendaciones de cierre
Finalmente, la DIAN efectuó ajustes menores en los formatos 1004 y 1011. Sin embargo, estos formatos específicos no interfieren con las estructuras base generadas de forma recurrente.
En conclusión, para evitar contingencias y sanciones, resulta indispensable:
Revisar detalladamente las resoluciones antes de generar medios magnéticos.
Validar las estructuras en los prevalidadores oficiales de la DIAN.
Mantener actualizado el software contable frente a los nuevos conceptos normativos.