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Impuestos Saludables

📢De acuerdo a la Ley 2277 de 2022, a partir del 1 de noviembre 2023, se establece la obligación de causar los impuestos saludables correspondientes a:

  • Impuesto a las bebidas ultra procesadas azucaradas (IBUA)🥤
  • Impuesto a los productos comestibles ultra procesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas (ICUI)🥓

Cuyos responsables son los productores y/o importadores según sea el caso; así mismo, para  los  sujetos que no son responsables de este impuesto pero que adquieren productos para su distribución y comercialización, deben discriminar éstos al momento de la compra para no alterar la base del IVA; dado a lo anterior, nos permitimos informar que estamos haciendo los ajustes pertinentes, una vez queden listos, por este mismo medio se estará compartiendo la documentación para que realicen la respectiva adaptación en el software SysCafé. 👌

Para más información acerca de cómo aplicar los impuestos saludables acceder aquí 💻

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Aceptación Tácita de una Factura Electrónica de Venta

📢 Una de las grandes preocupaciones para los facturadores electrónicos, es realizar ventas a crédito a sujetos no obligados a facturar que no puedan generar los eventos iniciales necesarios para que la factura de venta se constituya como título valor. Por eso, te queremos compartir la siguiente información: 💻

🚩 Para que una factura electrónica de venta se constituya como título valor debe contar con los eventos iniciales: 

    Acuse de Recibo ✔ Recibo del Bien o Servicio ✔Aceptación Expresa ✔Reclamo ✔Aceptación Tácita

    • Todos los eventos mencionados anteriormente son responsabilidad del adquirente/cliente excepto la aceptación tácita.
    • La aceptación tácita podrá ser realizada por el facturador electrónico únicamente cuando el adquirente/cliente haya realizado el acuse de recibo y el recibo del bien/servicio electrónicamente y supere los 3 días hábiles contados a partir del recibo del bien/servicio. De lo contrario no será posible. 🤝

    ¿Pero qué sucede si el adquirente no obligado a facturar no puede generar estos eventos por que no cuenta con un sistema para realizarlos?

    Existen 2 alternativas: 💪

    • Utilizar la solución gratuita DIAN, puede ingresar al paso a paso aquí.
    •  Realizar este tipo de operaciones con adquirentes/clientes que se comprometan a generar mínimo los eventos de acuse de recibo y recibo del bien o servicio de forma electrónica, de lo contrario pondrá en riesgo la recuperación del dinero, puesto que la factura de venta no quedará constituida como título valor.📑                                               
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    Contingencia – Facturación Electrónica

    ✔ Se informa que hoy miércoles 18 de octubre 2023 a partir de las 7:00pm hasta las 11:59pm, la DIAN realizará una ventana de mantenimiento al sistema de Facturación Electrónica.💻

    📢Durante este tiempo, no estará disponible el servicio informático

    Organiza tus actividades y evita contratiempos en esta franja horaria. 👌

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