Aunque muchas personas consideran que los subsidios de vivienda están...
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Subsidios de vivienda y declaración de renta

Aunque muchas personas consideran que los subsidios de vivienda están exentos del impuesto de renta, la DIAN ha sido enfática en que se trata de un ingreso gravado y, por tanto, debe ser reportado en la declaración de renta del contribuyente que lo recibe.
A través del Concepto 381 (003315) del 23 de mayo de 2024, la DIAN aclaró que los subsidios de vivienda sí constituyen un ingreso gravado en el impuesto sobre la renta para las personas naturales beneficiarias.
Según la doctrina más reciente, el ingreso recibido por este concepto no se encuentra exceptuado ni cuenta con un tratamiento especial dentro del impuesto de renta y complementarios. En consecuencia, debe declararse como un ingreso gravado en cabeza del beneficiario, conforme al artículo 26 del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.1.7.1 del Decreto 1625 de 2016.
Asimismo, la DIAN reiteró que estos recursos deben incluirse en la declaración dentro de la cédula general, en la renta no laboral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 335 del Estatuto Tributario.