Información Exógena y sus hechos sancionables

Durante los meses de abril a junio, los contribuyentes en Colombia deben presentar ante la DIAN la información exógena correspondiente al año gravable 2024. Cumplir con esta obligación dentro de los plazos establecidos en el calendario oficial es fundamental para evitar sanciones previstas en el Artículo 651 del Estatuto Tributario.
Entre las conductas sancionables se encuentran: no suministrar la información exigida, presentarla con errores o hacerlo de forma extemporánea. Las sanciones pueden alcanzar hasta 7.500 UVT y se calculan así: