Tips Tributarios año 2025

Con el inicio del nuevo año, es fundamental estar al tanto de los aspectos tributarios clave que no puedes pasar por alto. El 2025 trae consigo cambios fiscales importantes que impactarán tanto a personas naturales como jurídicas:

A continuación, daremos información importante a tener en cuenta:

1. Ajuste Anual Opcional de Activos Fijos📉el costo de los bienes muebles e inmuebles, que tengan el carácter de activos fijos, podrá ajustarse anualmente para determinar la renta o ganancia ocasional. Para el año 2024, este ajuste se estableció en un 10.97% (Art. 70 ET).

2. Límite de Ingresos Brutos para No Responsables de IVA 💰las personas naturales (PN) que no sean responsables de IVA podrán generar ingresos brutos hasta 3.500 UVT (aproximadamente $164.728.000). Si prestan servicios a entidades del Estado, este límite se incrementa a 4.000 UVT. Además, las consignaciones bancarias, contratos o inversiones financieras provenientes de actividades gravadas con IVA no deben exceder $174.297.000 en 2025.

3. Declaración Cuatrimestral de IVA📊las personas o entidades cuyos ingresos brutos no superen 92.000 UVT (aproximadamente $4.329.980.000 en 2024) podrán optar por presentar la declaración cuatrimestral del IVA. Este concepto incluye tanto las actividades gravadas como las exentas del IVA (Art. 600 ET).

4. Tasa Mínima de Tributación del 15%📉para el 2025, se establece una tasa mínima de tributación del 15%. Sin embargo, esta no aplica a personas jurídicas (PJ) que arrojen pérdidas, aunque se contempla en los contribuyentes cuyos estados financieros sean objeto de consolidación.

5. Impuesto al Patrimonio🏠las personas naturales (PN) con un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT (aproximadamente $3.585.528.000) al 1 de enero de 2025 estarán sujetas al Impuesto al Patrimonio. Las tarifas de este impuesto varían entre 0.5%, 1% y 1.5% (Art. 296-3 ET).

6. Régimen Simple de Tributación📉: las personas naturales que desarrollen una empresa o profesión liberal, o las personas jurídicas cuyos socios sean personas naturales residentes en el país, podrán acceder al Régimen Simple de Tributación si sus ingresos brutos en 2024 fueron inferiores a 100.000 UVT (aproximadamente $4.706.500.000) (Art. 905 ET).

7. Retención en la Fuente para Asalariados💼: a partir de 2025, la retención en la fuente para asalariados aplicará a aquellos cuyos ingresos laborales superen 95 UVT (aproximadamente $4.731.000) (Art. 383 ET).

Es importante tener una buena planificación tributaria para optimizar tu carga fiscal, evitar sanciones y aprovechar los beneficios disponibles🎯.