¿Cómo Afectará la Reforma Pensional? 🏛️💼

La Ley 2381 de 2024, también conocida como la reforma pensional, fue aprobada y entrará en vigencia el 1 de julio de 2025. Esta reforma introduce importantes cambios en el sistema pensional colombiano. A continuación, te presentamos algunos puntos clave que debes tener en cuenta:

  1. Colpensiones y las Administradoras del Régimen de Ahorro Individual (ACCAI) trabajarán juntas🤝💰.
 
  1. Requisitos para la pensión: los requisitos para obtener la pensión se mantienen en 1,300 semanas cotizadas y una edad de 57 años para mujeres, o 62 años para hombres. Sin embargo, a partir de 2025, las semanas de cotización requeridas para las mujeres disminuirán gradualmente, alcanzando las 1,000 semanas en 2036⏳.
  1. División de los afiliados al sistema pensional: los afiliados se dividirán en tres grupos según su situación:
  • Régimen de transición: las mujeres con 750 semanas cotizadas o más y los hombres con 900 semanas cotizadas o más al 30 de junio de 2025 seguirán bajo el régimen actual (Ley 100 de 1993) 📜. Por lo tanto, no estarán sujetos a la nueva reforma.
  • Oportunidad de traslado: las mujeres con 750 semanas cotizadas o más y 47 años o más, y los hombres con 900 semanas cotizadas o más y 52 años o más, tendrán la oportunidad de trasladarse a Colpensiones o a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) como Porvenir, Protección, Colfondos, entre otras🔄. En este caso, seguirán bajo la Ley 100 de 1993.
  • Nueva Ley (Ley 2381 de 2024): el nuevo régimen pensional aplicará a las mujeres con menos de 750 semanas cotizadas y los hombres con menos de 900 semanas cotizadas que tengan un salario superior a 2.3 SMMLV (aproximadamente $3.274.050 en 2025). Aquellos afiliados a Colpensiones deberán seleccionar una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), como Porvenir u otro ACCAI, para cotizar el excedente🏦.

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Así que, quiénes hagan parte de la nueva ley; a partir del 1 de julio de 2025, cotizarán en Colpensiones sobre la base salarial hasta 2.3 SMLMV ($3.274.050 en 2025). Si gana mas de 2.3 SMLMV, el excedente, deberá ser cotizado en un fondo privado/ACCAI.

Cabe aclarar que, quiénes vienen cotizando en un fondo privado como porvenir, protección, colfondos, entre otros. No debe elegir, ni le van asignar un ACCAI, ya que las entidades en mención, son oficialmente Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual conforme al decreto 1558 de 2024. Además, esta reforma no afecta a regímenes especiales como la de maestros, militares y congresistas ya que tienen una norma propia que lo regula.

SysCafé se encargará de realizar los ajustes necesarios en función de los cambios a los que haya lugar, con el objetivo de seguir brindando un servicio de calidad y ofrecer soluciones efectivas a todos nuestros usuarios📊🔧.